/Continúa el uso del cubrebocas y gel antibacterial en espacios públicos

Continúa el uso del cubrebocas y gel antibacterial en espacios públicos

• Las medidas preventivas entraron en vigor hoy, con la publicación del decreto, y estarán vigentes hasta el 8 de mayo

A partir de hoy, aquellos lugares que cumplan las medidas sanitarias vigentes, que son el uso adecuado del cubrebocas y de gel antibacterial,  podrán realizar eventos, actividades de recreación comerciales y generales con aforos del 100 por ciento, los establecimientos y/o giros que no cumplan con estas medidas serán sancionados.

Los eventos de más de 15,000 personas podrán llevarse a cabo previo aviso y presentación de protocolos a la Secretaría de Salud, al igual que las celebraciones religiosas como fiestas patronales, peregrinaciones, procesiones, romerías, festividades comunitarias o religiosas propias de cada municipio, conforme a sus usos y costumbres.

De igual forma, ya no es  requisito presentar la cédula de vacunación para ingresar a establecimientos o eventos, pero se mantiene al ingreso despachadores de gel alcohol.

Las autoridades sanitarias exhortan a la población a continuar implementando las medidas preventivas para reducir al mínimo la propagación de contagios de COVID-19 como son: uso correcto de cubrebocas, evitar aglomeraciones, respetar el distanciamiento social de 1.5 metros entre personas y uso de gel alcoholado, debido a que la positividad  en el estado no ha bajado lo suficiente y el riesgo de brotes que persiste en otros países del mundo.

Nuevas medidas sanitarias para Jalisco

1.- Se mantiene y refuerza el uso del cubrebocas se mantiene en espacios abiertos y cerrados.

2.-   Se liberan al 100 por ciento los aforos para eventos (deben de cumplir con uso de cubrebocas y gel alcoholado).

3.- Se elimina el requisito de presentar el certificado o comprobante de vacunación para ingresar a establecimientos y eventos.

4.- Se retiran todos los filtros sanitarios de los comercios y establecimientos, excepto el gel alcoholado.

5.- Las festividades religiosas se podrán llevar a cabo previo aviso a la SSJ para revisar protocolos sanitarios.

 

AE