El 15 de enero entró en vigor la nueva Ley General para el Control del Tabaco, la cual señala que queda prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco en los espacios 100% libres de humo de tabaco.
En el caso de los dueños de negocios, estos sí pueden tener áreas destinadas para fumar, pero el cambio es que no permitirán el ofrecimiento de alimentos o bebidas.
Para que la ley pueda aplicarse, se podrían realizar multas a quien no cumpla las nuevas reglas en torno a espacios libres de tabaco.
Para consumidores podría ser de hasta 20 mil 700 pesos, en el caso de negocios, de hasta 828 mil pesos y para tabacaleras de hasta dos millones 070 mil pesos (por no exhibir leyes de advertencia en los paquetes de cigarrillos o por publicidad para su venta.
En caso de reincidencia a cualquiera de estas disposiciones, las sanciones pueden duplicar su valor económico, por lo que la multa ascendería en el caso de los consumidores a 41 mil 400 pesos.
El monto recaudado se destinará al Programa contra el Tabaquismo y otros prioritarios.
Con información de EL INFORMADOR.