Noticias GDL

López Obrador propone elevar apoyo económico para jóvenes desempleados

 

El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, ha enviado una iniciativa de proyecto de decreto a la Cámara de Diputados para modificar el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La propuesta busca establecer la obligación del Estado de proporcionar un apoyo económico mensual a jóvenes de entre 18 y 29 años que no estén trabajando ni estudiando.

En el documento dirigido a Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, el presidente señala que el apoyo mensual sería equivalente al menos a un salario mínimo.

El objetivo principal es brindar a los jóvenes la oportunidad de capacitarse para el trabajo durante un máximo de 12 meses en diversos ámbitos como negocios, talleres y tiendas.

López Obrador justifica esta iniciativa destacando que, durante los gobiernos anteriores, la juventud en México fue ignorada y marginada. Critica específicamente el periodo de Felipe Calderón, señalando que México ocupó el tercer lugar a nivel mundial en jóvenes desempleados y sin educación.

López Obrador acusa a los gobiernos previos de estigmatizar a estos jóvenes, denominándolos ‘ninis’ y culpándolos injustamente de su situación.

El presidente resalta el programa emblemático de su administración, Jóvenes Construyendo el Futuro, el cual ha beneficiado a casi 3 millones de jóvenes desempleados o sin estudios con una inversión de más de 115 mil millones de pesos.

En contraste, señala que en los últimos treinta años del llamado “periodo neoliberal”, solo se destinaron aproximadamente 7 mil millones de pesos para este fin.

Actualmente, el programa Jóvenes Construyendo el Futuro registra 2 millones 947 mil 209 beneficiarios, según información disponible en el sitio web de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Los jóvenes participantes, de entre 18 y 29 años de edad, reciben mensualmente 7 mil 572 pesos para su capacitación.

La propuesta de modificación al artículo 123 de la Constitución entraría en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, en caso de ser aprobada por la Cámara de Diputados.

Salir de la versión móvil