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Corte garantiza el derecho al aborto por violación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó la Norma Oficial Mexicana (NOM) que establece el derecho de las víctimas de violación acceder a la interrupción del embarazo.

 

La NOM 046 ordena a todos los hospitales públicos del país, mismos que deberán contar con médicos y enfermeras no objetores de conciencia, interrumpir los embarazos resultados de violación sin necesidad de que la víctima denuncie el delito ante el Ministerio Público.

Según dicha norma, bastará que la víctima presente un escrito o manifieste bajo protesta de decir verdad que fue agredida sexualmente para que de esta forma tenga acceso a la interrupción legal del embarazo.

“El personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no estará obligado a verificar el dicho de la solicitante, entendiéndose su actuación, basada en el principio de buena fe a que hace referencia el artículo 5 de la Ley General de Víctimas “, agrega la reforma.

Con ocho votos en contra, el Pleno de la SCJN desechó las controversias constitucionales promovidas por los gobiernos de Baja California y Aguascalientes, que alegaron que la reforma a la NOM-190-SSA1-1999 , emitida en marzo de 2016 por la Secretaría de Salud federal, fue ilegal y violatoria a sus atribuciones.

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